Taxistas solicitan al Congreso cancelar fecha límite para designar beneficiarios de concesiones

Chetumal.- Sindicatos de transporte, de taxistas y similares de Quintana Roo, solicitaron al Congreso del Estado cancelar la fecha límite para designar beneficiarios de continuidad concesiones de este servicio.

De acuerdo con la Ley de Movilidad, el próximo viernes 14 de mayo, vence el plazo para que los 32 mil socios concesionarios de este servicio de transporte, realicen este trámite.

En ese sentido, la diputada Erika Castillo, dijo que, precisamente esta mañana, la Comisión de Movilidad tuvo una sesión para atender este tema y derogar el segundo transitorio de la Ley de Movilidad, en torno a este punto.

Y de esta manera, la fecha para cumplir con esta disposición quede abierta, sobre todo, porque durante la pandemia de Covid-19, no han podido realizar los trámites correspondientes.

Principalmente por estar atravesando problemas de salud y económicos a consecuencia de la contingencia sanitaria.

Dijo que este anexo a la Ley de Movilidad se implementó con el objetivo de contar con el padrón real de socios concesionarios registrados ante el Instituto de Movilidad del Estado.

Adicionalmente, requirieron reformar el documento para que no se vean obligados a efectuar el trámite ante un notario público y, puedan hacerlo de manera directa, ante el Imoveqroo.

Por lo que este día, la Comisión de Movilidad someterá al análisis y al estudio de esta propuesta para determinar si procede o no.

Así como facultar al Imoveqroo, poder signar convenios de colaboración con las personas morales, ya sea sindicatos, cooperativas, asociaciones, sociedades, que se dediquen al transporte.

Para que, de esta manera, se pueda ayudar de estos entes públicos en cuanto a la agilización de los trámites pertinentes.

Además de que pueda ser libre y sin restricciones que impone el Imoveqroo para designar beneficiarios.

Y es que la continuidad de la concesión de este servicio, asegura beneficiarios en línea recta; en ascendente pueden ser sus padres descendentes hijos.

En colaterales en segundo grado, hermanos, cónyuge, concubina o concubinario, de acuerdo con lo establecido en el artículo 108 de la Ley de Movilidad del Estado de Quintana Roo. (Capital News).

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